Traductor de Contenido

domingo, 7 de septiembre de 2014

En materia penitenciaria, también somos violadores de los Derechos Humanos

Autor: Franklin Avila                                                                Profesor: Geovanny Vicente Romero

En el cuatrimestre enero-abril de 2014, el profesor que nos impartía en la Universidad Central del Este (UCE) la materia electiva Derechos Humanos nos dijo: “República Dominicana es el campeón mundial en violación de los derechos humanos”. Razonaba así en virtud de las muchas violaciones que se cometían en contra de estos derechos, como por ejemplo las ejecuciones policiales (“intercambios de disparos”), la negativa a reconocer la ciudadanía a personas que nunca han salido de este país, entre otras situaciones.
Aunque sin adentrarnos en la situación de los derechos humanos en términos generales, pues no es el propósito de estas líneas, sí es necesario admitir que dicho profesor tiene razón. Una buena muestra de ello es el sistema penitenciario de nuestro país, especialmente la realidad que se vive en el viejo modelo.
En el nuevo modelo penitenciario la realidad es distinta, pero apenas abarca el 20% de población carcelaria, según dijo la directora nacional de Defensa Pública, Laura Hernández, en un trabajo publicado en el Periódico Hoy, bajo la firma de Rosa Alcántara (http://hoy.com.do/el-sistema-carcelario-rd-colapso/).
A quien escribe le bastó una visita en el año pasado 2013 a la cárcel Najayo en San Cristóbal para darse cuenta de esa realidad. 
Primero ingresamos a Najayo-Hombres, que opera bajo el viejo modelo. El ambiente allí es, a mi modo de ver, sumamente deprimente y penoso. Se trata de una cárcel atestada de reclusos, donde todos están apiñados; Inmundicia, desorden (los reclusos dispersos por los pasillos), intranquilidad como consecuencia de la música y las conversaciones en alto tono de los reclusos; mal estado de la infraestructura caracterizada por la falta de pintura en su mayor parte; las celdas eran muy pequeñas para la cantidad de internos, donde en ocasiones había unas camas ubicadas en unos agujeros en el techo; las celdas no disponían de espacios para que sus ocupantes pudieran colocar sus ropas y pertenencias en un lugar decente.         
Estamos hablando que Najayo-Hombres está capacitado para albergar a 894 internos, pero al 2014 cuenta con 1821, más del doble de su capacidad, según informó el subdirector de allí, Desiderio Galva.
Ese escenario descrito sirve perfectamente para ilustrar la violación de un derecho fundamental consagrado en nuestra Constitución, como es la dignidad humana.
Es una realidad que contrasta con lo que expresa el reputado jurista Eduardo Jorge Prats, en su libro Derecho Constitucional,  volumen I y cuarta edición: “la Constitución dominicana expresa que ella se fundamenta en el respeto a la dignidad humana (artículo 5) y que, del mismo modo, el estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes, considerándose la dignidad del ser humano como sagrada, innata e inviolable y siendo su respeto y protección una responsabilidad esencial de los poderes públicos, (pp. 593)”.
Y es una realidad que ha sido también plasmada por organismos internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en informes pasados así lo revela.
“La Comisión tuvo la oportunidad de constatar las condiciones precarias y deficientes de salubridad en que viven los presos en las cárceles que visitó. La Comisión observó que la basura no era tratada de manera higiénica, que existía escasez de agua potable y que los presos alojados en espacios más amplios (pabellones, cafeterías, etc.), construían pequeñas divisiones con telas sucias, cartón y otros materiales. Se pudo constatar en las cárceles visitadas que la lluvia entraba en las celdas y otros espacios de las prisiones, acumulándose el agua en los lugares en que habitaban los presos, creando una situación de riesgo para su salud”, revela un informe publicado en el portal  http://www.cidh.org/countryrep/rep.dominicana99sp/cap.8.htm.
El concepto de dignidad humana es amplio, pero aplicado a este caso nos referimos a esas condiciones mínimas que deben ser garantizadas a los privados de libertad por su sola condición de persona humana. 
A lo que se aspira es que a los internos se les brinde ciertas condiciones adecuadas (lugar limpio, celda con espacios adecuados, un ambiente propicio, etc), para verdaderamente lograr la finalidad de las penas, que no es otra cosa que la reinserción y rehabilitación social del que cumple condena.
De esa forma evitamos lo que Jorge Prats expresa en la citada obra, en su página 597:“La dignidad queda comprometida en aquel ordenamiento que obliga o permite que el hombre tenga que subsistir en condiciones infrahumanas, en una situación de desamparo, exclusión, marginación y opresión social que lo degradan a la condición de objeto”.
Como mencionaba anteriormente, la realidad en Najayo-Mujeres es muy diferente a la que se vive en  Najayo –Hombres. Se ve un ambiente de limpieza, de tranquilidad. Todo está organizado, las celdas y la infraestructura en sentido general está limpia y en orden.
La solución para acabar con el estado actual que se vive en Najayo-Hombres pasa por implementar allí en un cien por ciento el nuevo modelo penitenciario que el Estado está realizando y que ya abarca al 20 de la población carcelaria. Es decir, más inversión estatal en esta problemática.
También sería bueno evitar lo que la directora nacional de Defensa Pública, Laura Hernández, llama como “”populismo penal”, que consiste en que muchos  jueces bajo presión social  envían a prisión preventiva a personas que son acusadas por hechos sencillos. Ahí estánn las leyes sobre Perdón Condicional y Libertad Condicional, que son buenos instrumentos para descongestionar las cárceles y por ende evitar esas precarias condiciones en que viven los internos.


No hay comentarios:

Publicar un comentario